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Re: SERVICIOS PORTUARIOS

NotaPublicado: 01 Ago 2016, 22:30
por Henrio
En un puerto marítimo intervienen infinidad de Empresas y Sociedades, que se ocupan de distintas funciones. La dirección de todas ellas corresponde a la Autoridad Portuaria de dicho puerto.
Ente dependiente del Ministerio de Fomento o del Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Los distintos canales de comunicación lógicamente corresponderán a aquellas empresas que tengan contratado el servicio específico.
Así el canal 13 de remolcadores,(en caso de tratarse de un puerto grande se utilizan los canales 14 y 15) será utilizado por la Empresa que tenga contratado el servicio de maniobra de los barcos que accedan al puerto, con sus prácticos, amarradores, etc.
El canal 16, corresponde a SASEMAR (Salvamento y Seguridad Marítima).
Los distintos consignatarios trabajarán en canales que se les haya adjudicado. Otros canales son privativos de puertos deportivos etc. Es bastante complejo el definir lo que pides, habida cuenta de que salvo los canales dedicados a seguridad, que se cumplen a rajatabla, pueden variar las distintas actividades en función de los puertos.

Henrio.