justiciero escribió:Buenos dias.
Te doy trabajo para hoy, en que ley apartado etc dice que en caso de emergencia esta prohibido emitir por canales de Remer??????
Fuera de cataluña que frecuencia usan los refugios de montaña??? es un canal de remer , ch15 y para que esta???? 146.175 mhz directo sin subtono.
Si vas con tu barca y te pierdes en el mar. . . . y llevas tu walki y sabes la frecuencia del puerto maritimo mas cercano, aquien llamas?
Ademas esta red se mantiene con los impuestos de todos los españoles a si que ni siquiera se considera privada a si que si alguien tiene una emergencia y la unica manera de comunicarse es via radio adelante,que veras como no pasa nada,
Por esa regla de tres pide ayuda directamente a la GC o a la Policía por su frecuencia... en ningún sitio pone que en caso de emergencia esté prohibido emitir por esos canales y la red la mantenemos todos con nuestros impuestos. Demagogia. Sólo se puede emitir en aquellas frecuencias en las que estés legalmente autorizado, y para emitir sin licencia hay unos equipos y unas frecuencias muy bien definidas.
Sobre lo del mar... para eso están los walkies de banda marina, bien cerraditos a sus canales.
Lo de las frecuencias de los refugios es algo totalmente alegal. Tendrías que saber que simplemente por el hecho de llevar el walkie la GC te puede parar y pedirte su documentación, aunque le jures que no vas a transmitir en ninguna frecuencia te comes la sanción. Pero ocurre que en montaña nadie le va a decir nada al montañista con su VX-146, no porque no puedan multarle, sino porque ésto va así... es el país en el que vivimos!
De hecho los miembros de Remer también están en un régimen alegal ya que no está permitido abrir de banda los equipos de radioaficionado, pero entonces cómo sales a la red de Remer??? Pues eso... Y sabíais que si os paran y saben como hacerlo pueden comprobar que llevais la emisora abierta y precintarosla? Que no multen al montañista o que no comprueben si llevas la emisora cerrada no significa que sea legal hacerlo.