Escuchar: Lo que no esté encriptado: Permitido.
Difundir lo escuchado: No permitido.
Llevar el scanner sin auriculares en público: No permitido porque estás difundiendo.
Usar la información escuchada: Hiper mega maxi duplo No permitido
Almacenar Frecuencias: Permitido
Difundir Frecuencias: Permitido (el sentido común te dice lo que debes hacer o no, porque podrías ser colaborador de ong's con malas intenciones: ej. terroristas, en tal caso eres una parte necesaria para cometer un delito, y por tanto entras en la cadena del delito -todo esto muy opinable y discutible-).
Llevar el scanner encima, permitido (si puedes acreditar que es tuyo).
Escuchar tetra: imposible

(pero si llegara el caso no sé si sería legal, ya que la protección es para evitar la escucha ¿?)
Grabar lo escuchado: no permitido -tengo mis dudas-.
Transmitir fuera de las bandas autorizadas: No permitido.
Casos de emergencia in extremis: No permitido, el sentido común será el que te indique qué hacer, pero ¿cuantos casos de emergencia in extremis habeis presenciado que la emisora os hubiera permitido salvar una vida?.
Jugar a policias, protección civil, ambulancias etc.: permitido. SIEMPRE QUE NO "APRIETES PASTILLA",
es decir sin transmitir.
Como todo en esta vida, mi opinión sobre lo que interpreto de la ley. Si la ley fuera tan clara, no existirían abogados.
Saludos.
Pedrolo.