¡¡ATENCIÓN!!Hola a todos, lo que voy a decir a continuación puede ser
muy importante para algunos de los que se hayan presentado a la convocatoria de noviembre:
Después de haber llegado a casa me he sentado tranquilamente a revisar las respuestas que han colgado en la web del mityc, y cual ha sido mi sorpresa al observar la respuesta que han marcado como válida en la pregunta
9, por si no teneis el examen a mano os transcribo el enunciado de dicha pregunta:
Cuando se expresa una cantidad en dBm, ¿a qué magnitud se refiere?:
a) Corriente eléctrica.
b) Diferencia de potencial eléctrico.
c) Potencia eléctrica.
d) Longitud de onda.Os comento... la unidad tal cual está expresada en la pregunta, es decir dBm hace alusión por convenio a una unidad de Potencia Eléctrica. Pues se trata de decibelios referenciados a 1mW (mili-vatio), con lo cual el nombre completo de dicha unidad serÃa realmente dBmW, sin embargo tal y como he dicho, por convenio siempre se escribe en dBm (omitiendo la última W). La unidad de la Potencia Eléctrica es el Vatio (W) y por tanto una unidad logarÃtmica como es el Decibelio (dB) referenciado a 1mW será una magnitud de Potencia Eléctrica (0dBm = 1mW). Dicho esto, la respuesta correcta serÃa efectivamente la C.
Y ahora viene lo bueno.. según la hoja de respuestas de la web del mityc, en esta pregunta aparece marcada como respuesta correcta la B. Para que eso fuese correcto, el decibelio (dB) deberÃa estar referenciado a un mV (mili-voltio), pues la unidad de la diferencia de potencial eléctrico es el Voltio. El nombre completo de dicha magnitud serÃa por tanto dBmV (0dBmV = 1mV). Siendo por tanto errónea la respuesta B, a menos que la unidad que comentan tuviese una V al final de la misma.
Si todavÃa teneis dudas de lo que os acabo de comentar, os remito a los siguientes artÃculos de wikipedia:
http://es.wikipedia.org/wiki/DBmhttp://es.wikipedia.org/wiki/MWPara aquellos que hayais comprobado vuestras respuestas, y esteis suspendidos por
una sóla pregunta y sea precisamente esta... que sepais que estais en pleno derecho de reclamar cuando salgan las listas provisionales de aptos/no aptos. Para el resto que ya esten aptos, no merece la pena reclamar por esto, pues sólo servirÃa para retrasar aun más la obtención del indicativo y al fin y al cabo no va a cambiar nada.
He querido compartirlo con todos, pues nunca se sabe quien podrÃa estar en dicha situación y esto podrÃa salvarle. Ya bastante jugadas nos hacen, como para encima pasar por alto cosas como esta.
